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Mintrabajo de circular, ambigua: No se puede exigir pruebas de COVID-19 para vincular a un trabajador.

No se puede exigir pruebas de COVID-19 para vincular a un trabajador


A través de la circular 022 del 8 de marzo de 2021, el Ministerio de Trabajo informó que ninguna empresa, ya sea pública o privada, puede exigir a sus trabajadores la prueba Covid-19 y tampoco puede ser un requisito para una futura contratación.


Según dice el documento, si la empresa considera necesaria la realización de la prueba en busca de seguridad y salud en el área de trabajo, es la compañía la que debe cubrir los costos de la misma.

“Cuando la protección de la persona y de la comunidad laboral, así como las condiciones de seguridad y salud en el trabajo lo requieran, el empleador, bajo su responsabilidad y costo, podrá remitir al trabajador ante el personal idóneo para que sea efectuada la prueba (Covid-19)”.

De igual manera, el Ministerio enfatiza que el resultado de la prueba no puede ser un causal para la terminación del contrato.


“El resultado de esta (prueba) pueda ser utilizado como causal para terminar la relación laboral”.

Por último, la entidad recordó que toda empresa está obligada a desplegar acciones que busquen la protección de la vida y salud de sus trabajdores.




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