La Sala Plena de la Corte Constitucional dej贸 en firme la ley 1683 que proh铆be el uso de animales silvestres, ya sean nativos o ex贸ticos de cualquier especie, en espect谩culos de circos fijos o itinerantes.
El alto tribunal aval贸 la ponencia del magistrado Jorge Iv谩n Palacio. En el documento se argumentaba que los animales tienen derechos fundamentales, asimismo el Estado debe tomar las medidas necesarias para respetar de manera integral sus condiciones de vida y entorno natural.
En este sentido asegur贸 que cuando se est谩n realizando este tipo de actividades se est谩n vulnerando los derechos de los animales, puesto que son sacados de su h谩bitat y sometidos a tratos que afectan su integridad.
En la demanda motivo de estudio se indicaba que se estaba violando el derecho de la comunidad a asistir a este tipo de actividades circenses, as铆 como la afectaci贸n a la diversidad cultural establecido en la Constituci贸n Pol铆tica de Colombia.



