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Objeci贸n de conciencia para aborto, eutanasia y reclutamiento

Las normas existen y hay que acatarlas es la base de un Estado de Derecho. Sin embargo, los ciudadanos tienen principios 茅ticos, filos贸ficos y morales que pueden re帽ir con la normatividad y es necesario que sean respetados. As铆 lo plantea la Constituci贸n, que defiende la decisi贸n personal de abstenerse de obedecer la norma, pero el Congreso no lo ha reglamentado.

Por eso, la senadora Viviane Morales, del Partido Liberal, present贸 un proyecto de ley para reglamentar la objeci贸n de conciencia en temas tan espinosos como el servicio militar, los servicios de salud y asuntos religiosos.

Lo dice claramente la Constituci贸n en el art铆culo 18: “Nadie ser谩 molestado por raz贸n de sus convicciones o creencias, ni compelido a revelarlas, ni obligado a actuar contra su conciencia”, y en t茅rminos religiosos plantea que “toda persona tiene derecho a profesar libremente su religi贸n y a difundirla en forma individual o colectiva”.

Con base en estos art铆culos y jurisprudencia de la Corte Constitucional, la congresista explic贸 que la iniciativa “se encamina a dar respuesta a este desaf铆o planteado por el desarrollo democr谩tico de los derechos humanos, que puede implicar el enfrentamiento entre los derechos que reconoce el Estado a los ciudadanos y el derecho de los ciudadanos frente al Estado de actuar de acuerdo a su conciencia”.

Ya en la pr谩ctica, hay asuntos fundamentales como la decisi贸n y el derecho de un joven a no prestar el servicio militar. En este caso —seg煤n el proyecto— la solicitud deber谩 ser presentada ante la Defensor铆a del Pueblo en cada una de las regiones y ah铆 se expedir谩 un documento que certifique la calidad de objetor de conciencia, que reemplazar谩 a la libreta militar. Si en el municipio no hay representante de la Defensor铆a, la solicitud deber谩 ser entregada a los personeros, que tendr谩n que hacer el tr谩mite. El articulado propone la posibilidad de prestar un servicio social alternativo.

Otro de los temas complejos que se busca reglamentar tienen que ver con la prestaci贸n de servicios de salud. En ese 谩mbito hay dos asuntos que han tenido complicados y fallidos debates reglamentarios en el Congreso: el derecho a morir dignamente a trav茅s de la eutanasia y la pr谩ctica del aborto cuando el embarazo sea consecuencia de una violaci贸n, malformaci贸n del feto y riesgo de muerte de la madre.

Los m茅dicos podr谩n presentar su objeci贸n de conciencia para negarse a realizar intervenciones de este tipo, amparados en razones 茅ticas y religiosas. La solicitud deber谩 ser presentada ante los directivos de los centros m茅dicos. No obstante, las instituciones est谩n en la obligaci贸n de prestar el servicio a trav茅s de otro profesional. Y se aclara que ser objetor de conciencia no puede ser criterio de exclusi贸n laboral.

El proyecto tambi茅n plantea la posibilidad de apelar a la objeci贸n de conciencia por principios religiosos, en asuntos como el juramento a la bandera, si una persona considera que solo se puede jurar en el nombre de Dios o la posibilidad de no asistir al trabajo en determinadas fechas por raz贸n de su credo. En la exposici贸n de motivos, Viviane Morales retoma las palabras de uno de los grandes libertadores de Am茅rica, Jos茅 Francisco de San Mart铆n: “La conciencia es el mejor juez que tiene un hombre de bien”.
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