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Encubiertos podrĂ¡n irrumpir en trabajos y casas solo con orden judicial

La Sala Plena de la Corte Constitucional condicionĂ³ un artĂ­culo del CĂ³digo de Procedimiento Penal que faculta a las autoridades para realizar operaciones con agentes encubiertos, cuando se sospecha que una persona involucrada en un proceso continĂºa delinquiendo.

La Corte determinĂ³ que en este tipo de operaciones solo se podrĂ¡ irrumpir en el domicilio de la persona o en su trabajo, con previa autorizaciĂ³n de un juez de control de garantĂ­as.

La norma habĂ­a sido demandada por los ciudadanos Camila Betancourt Villegas, Luisa Fernanda LĂ³pez, Nubia JosĂ© LĂ³pez, Juan Moreno Villegas, Valentina Restrepo y Santiago SĂ¡nchez Quiceno.