La Corte Constitucional fren贸 definitivamente la revocatoria del alcalde de Bogot谩, Gustavo Petro. En una decisi贸n de anoche, el alto tribunal le cerr贸 la puerta a la realizaci贸n de revocatorias de mandato durante el 煤ltimo a帽o de gobierno de los funcionarios de elecci贸n judicial.
El fallo 22 d铆as despu茅s de que una sala de tres magistrados de ese mismo tribunal decidi贸 darle continuidad al proceso. En esa oportunidad se le fij贸 a la Registradur铆a un plazo de dos meses para continuar con la revocatoria.
Este proceso estaba suspendido por efectos de la decisi贸n en que la Procuradur铆a destituy贸 e inhabilit贸 a Petro para ejercer cargos p煤blicos por 15 a帽os, tras se帽alar que existieron irregularidades en la contrataci贸n del modelo de aseo para la capital.
Sin embargo, el Alcalde pudo continuar en su cargo y se encuentra a ocho meses de finalizar su mandato. Esto fue posible dado que el Consejo de Estado emiti贸 a su favor unas medidas cautelares mientras resolv铆a de fondo la demanda de nulidad interpuesta por Petro en contra de la decisi贸n de la Procuradur铆a. Este proceso a煤n no ha sido definido y se encuentra en etapa de recolecci贸n de pruebas.
La revocatoria del alcalde Gustavo Petro se llev贸 a cabo luego de que el entonces representante a la C谩mara, Miguel G贸mez Mart铆nez, adelant贸 una recolecci贸n de firmas.
Una vez las entreg贸, la Registradur铆a certific贸 que exist铆a el n煤mero suficiente para llamar a las urnas a los bogotanos y preguntarles si quer铆an o no revocar al Alcalde. De manera paralela avanzaba el proceso de la Procuradur铆a que decidi贸 destituir al mandatario antes de que la Registradur铆a fijara una fecha para realizar la revocatoria, lo que la fren贸.
Sin embargo, la revocatoria, que tiene un costo para los bogotanos de 338.252 millones de pesos, hab铆a vuelto a resucitar luego de la decisi贸n de la sala de tres magistrados que ayer recibi贸 un duro rev茅s.
La decisi贸n de ayer de la Sala Plena de la Corte que sell贸 la posibilidad de que Petro termine definitivamente su periodo se produjo al realizar un control constitucional al proyecto de ley de participaci贸n ciudadana.
La iniciativa indicaba que los tr谩mites para realizar las revocatorias pod铆an inscribirse ante la Registradur铆a si faltaba al menos un a帽o para que finalizara el periodo del mandatario, pero nada dec铆a de la realizaci贸n de estas. La Corte entonces decide pronunciarse, y m谩s all谩 de la inscripci贸n indica que la realizaci贸n de la revocatoria definitivamente no podr谩 hacerse durante el 煤ltimo a帽o de gobierno.
Como la revisi贸n de la Corte se hizo a un proyecto de ley, la decisi贸n sobre las condiciones en las que se deben realizar las revocatorias deber谩 quedar consignada de manera espec铆fica en la norma.

