La Sección con Ausencia de Reconocimiento del Tribunal para la Paz, en una sesión extraordinaria virtual, negó la acción de tutela instaurada por el coronel retirado Jorge Eliécer Plazas Acevedo, con la que alegaba la presunta vulneración de sus derechos fundamentales a la libertad personal y al debido proceso.
La tutela buscaba tumbar la decisión de primera instancia en la cual se habÃa negado su sometimiento a la JEP por cuatro secuestros extorsivos como son los casos de BenjamÃn Khoudari, Wilson MartÃnez Quiroga, los esposos Luis Antonio Castro y Enid Ortiz y Martha Cecilia Velásquez, asà como la concesión del beneficio de la libertad transitoria, condicionada y anticipada.
De acuerdo con los magistrados si bien existÃan algunos elementos que indicarÃan un nexo entre los secuestros y el conflicto armado, otras pruebas conllevaron a concluir que el secuestro extorsivo fue ante todo una fuente de financiación de los grupos guerrilleros y no de los agentes estatales.
No obstante, los magistrados señalaron que si en el futuro, el oficial en retiro aporta verdad plena y detallada en los casos por los cuales fue admitido a la JEP cómo lo son el homicidio de Jaime Garzón Forero, la masacre de Mapiripán, los crÃmenes de los investigadores del CINEP Mario Calderón y Elsa Alvarado y el asesinato de Marino López e igualmente demuestra la existencia de un vÃnculo entre los cuatro secuestros extorsivos y el conflicto armado interno, su admisión plena a la JEP podrá ser reexaminada.
Asimismo, la Sección con Ausencia de Reconocimiento del Tribunal para la Paz recomendó que para una futura priorización de los casos que comprometen al coronel se le deben exigir importantes aportes a la verdad plena en casos emblemáticos que afectaron de manera grave a toda la sociedad colombiana, asà no se encuentren relacionados con los siete macrocasos que actualmente están abiertos.
Fuente
Sistema Integrado de Información
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